En Perú, los bancos comunales están regulados por la Ley N° 28708, Ley de Instituciones de Crédito Comunales y otras leyes relacionadas como la Ley N° 28707, Ley de Fondos Comunales, y el Reglamento del Sistema Financiero Comunal aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2002-EF.
La Ley N° 28708 establece las normas y requisitos que deben cumplir las instituciones de crédito comunales para poder operar en el país. Esta ley establece, entre otras cosas, los requisitos para la creación y registro de un banco comunal, los requisitos de capital mínimo y solvencia que deben cumplir, las obligaciones de información y transparencia que deben cumplir, y las normas de conducta y supervisión que deben seguir.
Además, la Ley N° 28707 establece las normas y requisitos para la creación y funcionamiento de los fondos comunales, que son instituciones financieras sin fines de lucro que tienen como objetivo principal brindar servicios financieros a sus socios y promover el desarrollo de la comunidad.
Finalmente, el Reglamento del Sistema Financiero Comunal establece las normas y procedimientos para la supervisión y regulación del sistema financiero comunal en Perú. Este reglamento establece, entre otras cosas, los requisitos para la autorización y supervisión de las instituciones financieras comunales, los requisitos de información y transparencia que deben cumplir, y las normas de conducta y responsabilidad que deben seguir.